Según este criterio podemos clasificar los certificados electrónicos fundamentalmente en dos:
Según este criterio encontramos múltiples Certificados, que son algunos de los que ofrecen los distintos proveedores de servicios de certificación:
Según este criterio, podemos clasificar los certificados electrónicos en dos categorías:
Un Certificado electrónico es un documento digital que se puede guardar en una memoria USB, en un ordenador (en el almacén de certificados) o en el disco duro. A ese Certificado se le conoce como certificado software.
Un certificado también puede estar almacenado en una tarjeta criptográfica, que es una tarjeta que incorpora un chip electrónico. Un ejemplo claro de una tarjeta criptográfica es el DNI electrónico. En estas tarjetas es posible almacenar uno o varios certificados electrónicos, lo que se conoce como certificado hardware.
La Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos en su capítulo II establece las formas de identificación y autenticación que pueden ser usadas para la identificación de la Administración y de la actuación administrativa. Ver Identidad Digital para obtener más información sobre los conceptos de identificación y autenticación.
De esos apartados de la Ley y de su reglamento de desarrollo, se derivan los siguientes certificados electrónicos.
El certificado de Sede es un certificado de Servidor que identifica y autentifica al servidor como Sede Electrónica de una Administración Pública.
Las sedes electrónicas, cuando sea necesario, dispondrán de sistemas que permiten el establecimiento de comunicaciones seguras. Además, utilizarán sistemas de firma basados en certificados de dispositivo seguro o medio equivalentepara identificarse y mantener una comunicación segura.
Según la Ley, es el certificado usado para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada.
Esto quiere decir que el Sello Electrónico es el que debe usarse para todos los trámites administrativos que se realizan por medios telemáticos, tanto para la identificación de los servidores y la firma de los documentos electrónicos, como para el establecimiento de comunicaciones seguras entre máquinas.
Son los certificados que cada Administración Pública puede proveer a su personal para la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia de la Administración Pública.
Identifican de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo, y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.